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El agresor recibió una condena de un año de prisión condicional y estrictas reglas de conducta. Además, deberá abonar una cuota en concepto de alimentos por el lapso de 90 días de forma provisoria.
Luego de haber sido rechazado al intentar mantener relaciones sexuales con su concubina sin éxito, el hombre lesionó y amenazó de muerte a su mujer si lo denunciaba. Este primer hecho ocurrió el pasado 30 de marzo en la Ciudad de Clodomira.
Seis días después, tras mantener una discusión sucedió el segundo hecho violento durante el hombre le provocó lesiones con golpes de puño a su mujer, motivo por el cual la misma realizó la denuncia. Ante lo cual el 5 de Abril, la Unidad Fiscal pidió la detención de Antonio Alejandro Coria.
Previo acuerdo entre la Defensa Oficial representada por la Dra. Susana Ibañez, el imputado y la Unidad Fiscal representada en este caso por la Dra. Marta Ovejero se llegó a un juicio abreviado en el cual el acusado reconoció haber cometido ambos hechos ante el Juez Ramón Gómez.
La fiscal Dra. Marta Ovejero expresó durante la audiencia que cuenta con evidencias suficientes para solicitar la imposición de una pena: certificado médico de las lesiones, informe socio ambiental, informe psicológico tanto del imputado como de la victima e informe psiquiátrico del imputado realizado por el médico forense Dr. Roldan que aconseja tratamiento psicológico y psiquiátrico.
En base a todo lo presentado por la Unidad Fiscal, el Juez resolvió condenar en Juicio Abreviado a Antonio Alejandro Coria por los delitos de amenazas y lesiones leves en concurso real en perjuicio de su concubina y condenarlo a un año de prisión de cumplimiento condicional sujeto a estrictas reglas de conducta solicitadas por la Unidad Fiscal: Exclusión del hogar, previo retiro de sus pertenencias personales e instrumentos de trabajo, prohibición de acercamiento al domicilio de su concubina a una distancia superior de 200 metros, cese de todo acto de violencia, constitución de domicilio real y abstención a cometer delitos, obligación de someterse a un tratamiento psicoterapéutico ( psiquiátrico y psicológico) bajo la modalidad ambulatoria supervisado por la OMA.
También se ordenó la suspensión de régimen de visitas y el depósito de la suma de $1.200 en favor de su concubina en una cuenta especial para cubrir necesidades de sus hijas menores por el lapso de 90 días. ( hasta iniciar el trámite por el juzgado de familia)
El juez Gómez aclaró al imputado que en caso de incumplir las reglas de conducta impuestas y/o cometer un nuevo delito en el transcurso del año a partir de la sentencia, se revocará el beneficio concedido, y deberá cumplir la condena en forma efectiva.