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Diputada propone derogar el padrinazgo presidencial del séptimo hijo

Una diputada presentó un proyecto de ley para derogar el marco legal que da sustento al "padrinazgo presidencial" del séptimo hijo o hija, por considerar que "ya no existen razones que justifiquen esta institución histórica".

13/11/2015

"Si bien podrían invocarse motivos de índole social, derivados de la vulnerabilidad económica que puede implicar la manutención de 7 hijos, ello no depende del sexo de los hijos sino de su cantidad, y lo cierto es que en la actualidad existen políticas públicas de asistencia a las personas de bajos recursos económicos", argumentó la autora de la iniciativa, Ana Carla Carrizo (SUMA+UNEN) .

La diputada del bloque que lidera Martín Lousteau adujo también que la figura del padrinazgo "es susceptible de vulnerar el principio de igualdad ante la ley garantizado por el artículo 16 de la Constitución" porque implica un privilegio sólo para unos pocos sin razones válidas y objetivas que lo justifiquen.

Carrizo explicó que el padrinazgo presidencial tiene como origen una antigua tradición de la Rusia zarista basada en la creencia de que el séptimo hijo varón sería un hombre lobo, y la séptima hija mujer, una bruja.

Frente a semejante destino, se consideraba que el apadrinamiento proporcionaba una especie de protección mágica contra esos males y permitía evitar el abandono de esos niños.

El padrinazgo presidencial en la Argentina cuenta la diputada que se arraigó por el influjo de la inmigración rusa y fue el presidente José Figueroa Alcorta quien a principios del siglo XX concedió el primer padrinazgo al niño de un matrimonio de inmigrantes de origen alemán.

Carrizo estimó que la antigua tradición, que está reglada por la ley 20.843 y los decretos 848/73, 143/74, 964/76 y 1416/09 que la modificaron, ya no tiene fundamento y, además, asegura supone "una prerrogativa sumamente discrecional del Poder Ejecutivo" porque no hay en la normativa "limitación alguna en el número de ahijados a quienes éste puede apadrinar".

Por otra parte, dijo que "la sola circunstancia de haber tenido 7 hijos del mismo sexo no cumple con esa condición", dice Carrizo y recuerda que la ley 23.746 instituye una pensión mensual, inembargable y vitalicia para las madres que tuvieren más de 7 hijos, sin distinción de sexo.

Por último, Carrizo indicó que "el principio de igualdad también se ve conculcado por el hecho de que sólo quienes se bauticen en algún credo tengan este derecho" de recibir el padrinazgo presidencial, por todo lo cual afirma que "si esta institución hoy se funda en razones de índole social, esta distinción es inadmisible".