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La extradición y la forma en que la ejecuta la Justicia

Es el procedimiento por el que se procede a la entrega de una persona imputada en un país o provincia, a las autoridades de otra jurisdicción que la reclama para juzgarla.

12/10/2017

La extradición es el procedimiento por el que se procede a la entrega de una persona imputada o detenida en un país o provincia, a las autoridades de otra jurisdicción que la reclama para juzgarla, por un delito cometido en el espacio geográfico que inicia la petición.

“Es una figura que se da cuando se imputa alguna persona, que habiendo cometido un delito en el territorio provincial, se fugó en pos de evadirse del proceso o condena y se encuentra en otra provincia o país”, explicó el Dr. Darío Alarcón, juez de Transición de Capital.


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Todo proceso de extradición lleva incito un complejo procedimiento a tener en cuenta en cada caso, ya que el delito puede haberse cometido en nuestra provincia, pero deben analizarse detenidamente los casos cuando el imputado se encuentra fuera del país y si la Argentina tiene algún tipo de convenio con el Estado donde está el prófugo. Si no fuera así, el trámite a iniciarse se complejiza aún más porque los tiempos de gestión formal son relativamente cortos y el sospechoso deberá ser liberado.

Esto se encuentra plasmado en la ley 24.767, ley de cooperación internacional en materia penal, en sus artículos 2 y 3 que rezan lo siguiente:

ARTICULO 2°-Si existiera un tratado entre el Estado requirente y la República Argentina, sus normas regirán el trámite de la ayuda. Sin perjuicio de ello, las normas de la presente ley servirán para interpretar el texto de los tratados.

En todo lo que no disponga en especial el tratado, se aplicara la presente ley.

ARTICULO 3º-En ausencia de tratado que la prescriba, la ayuda estará subordinada a la existencia u ofrecimiento de reciprocidad.

“En el caso de que un imputado en nuestra provincia fuese capturado en otra, el procedimiento que corresponde, es el libramiento de un exhorto al juez de la provincia donde se encuentra detenida la persona. Librado el mismo, este deberá ser contestado por las autoridades o en su defecto ser remitido de manera urgente al apresado a nuestra provincia, para que se lo indague y se continúe con el proceso penal”, determinó el Dr. Alarcón.

El procedimiento del exhorto es generalmente de cinco o siete días hábiles, que abarca enviarlos y mandar una comisión especial por la policía de la provincia a buscar al detenido.

“Por lo general, explicó el magistrado, al tomar conocimiento de la posible huida de un sospechoso, enviamos órdenes de captura que se extienden a todo el país. Ante cualquier movimiento del individuo, ya sea para realizar un trámite o ser individualizado en un control policial, pueden detenidos, lo que se informa a nuestras autoridades, momento desde el que los plazos comienzan a correr”.

Cuando el involucrado es detenido en otro país, normalmente la información es comunicada a través de la Policía Federal y en caso de existir un acuerdo entre países, el mismo es respetado. De lo contrario, los trámites se llevan a cabo por intermedio de las Cancillerías de los estados involucrados, las que intercambian las correspondientes peticiones.

El tiempo es un factor que apremia a las autoridades judiciales en estos casos, pues cumplido cierto plazo, el individuo detenido será liberado, por lo que es fundamental que los exhortos se confeccionen en tiempo y forma para ser efectivos.