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Santa Fe: pasará 20 años en prisión por asesinar al bebé de su pareja

El sujeto fue hallado culpable por la muerte del pequeño que había quedado a su cuidado mientras su madre se bañaba.

01/07/2020

"Yo nunca pensé que por irme a bañar cinco minutos iba a perder a mi hijo, si no nunca lo hubiese dejado". Aldana Muñoz se expresó con esas palabras el día que empezó el juicio en su contra por el crimen de su bebé de seis meses. El debate demostró que no cometió delito alguno y los tres jueces del tribunal la absolvieron ayer, sin dejar de señalar el "drama personal" que le significó ser sometida a un proceso penal cuando acababa de perder al niño: "Una pesadilla que es probable que termine con el dictado de esta sentencia". En el mismo fallo condenaron a 20 años de cárcel a un joven que era pareja de la mujer por azotar la cabeza de la criatura.

La declaración que brindó Aldana cuando arrancó el juicio hace dos semanas fue citada ayer por los jueces Román Lanzón, Ismael Manfrín y Mariano Aliau al anunciar su veredicto. Esa "sencilla frase", dijeron, "no fue conmovida en ninguna de las ocho jornadas de debate, por el contrario, se vio reforzada a cada paso". Para el tribunal, ninguna de las partes podría poner en tela de juicio "la crudeza del dolor que detalló la imputada", que ayer quedó libre de cargos.

Abandono
Aldana Jackeline Muñoz, de 25 años, había sido acusada del delito de abandono de persona con resultado de muerte y agravado por el vínculo. El tribunal la absolvió al no haber constatado ninguna conducta que develara una intención de dañar al niño.

En cambio Franco Nahuel López, de 24 años, fue condenado a 20 años de prisión por homicidio. Los jueces no consideraron probado el agravante de alevosía pero le aplicaron una pena cercana al máximo que prevé ese delito por la edad de la víctima y los malos tratos previos. Sólo la ausencia de antecedentes fue contemplada en su favor.

El juicio comenzó el pasado 16 de junio. La fiscal Georgina Pairola pidió prisión perpetua para López por matar de un golpe en la cabeza a su hijastro Mateo el 23 de abril de 2017. Fue en pasaje Matacos al 2000 de Granadero Baigorria, donde López vivía detrás de la casa de su abuela.

Esa mañana, Aldana se fue a bañar a la casa de adelante porque era la única con servicio de agua y dejó a su hijo al cuidado de López. En ese momento el bebé recibió un tremendo golpe en la cabeza.

López lo llevó en moto hasta el hospital Eva Perón y Aldana lo siguió en el auto de un vecino. Desde allí el pequeño fue derivado al Hospital de Niños, donde murió como consecuencia de un severo traumatismo de cráneo.

Acusaciones
La fiscal acusó al joven de un homicidio alevoso. Y para la madre solicitó 10 años de cárcel por haber dejado al niño al cuidado de López a pesar de que éste había incurrido en conductas previas de maltrato contra el niño y se trataba de una persona violenta.

A la acusación también se sumó como querellante el padre biológico de Mateo, quien responsabilizó a Aldana por dejar al bebé al cuidado de quien resultó responsable de su muerte.

Esa imputación a la mujer, cuando la misma acusación planteó un contexto de violencia de género en la relación de pareja, generó controversia días atrás. La Asociación de Abogadas Feministas (Abofem), en respaldo del planteo del defensor público Darío Pangrazi, sostuvo que Aldana estaba siendo acusada por no cumplir con su esperado rol de madre, lo cual no es delito, y a pesar de que era una víctima más.

Para reflexionar
El tribunal coincidió con esa mirada y advirtió que si bien se juzgó un hecho "tremendo y doloroso" se debe "reflexionar sobre la humanización del proceso y considerar los dramas personales en que se desenvuelven los conflictos penales". Los jueces indicaron que para los operadores judiciales este juicio es uno más entre otros, pero "para Aldana Muñoz, luego de perder a su hijo, significó una pesadilla difícil de imaginar". Y advirtieron que se ventilaron cuestiones personales innecesarias.

La propia Aldana aludió a su drama al declarar en el juicio: "Me estaban llevando presa cuando yo acababa de perder a mi bebé. Lo había visto muerto y ni siquiera había podido llorar dos segundos, abrazar a alguien, porque me encerraron". Los jueces concluyeron que nada en el comportamiento de la mujer permite advertir que haya tenido la voluntad de causar un daño.

Entre los fundamentos del fallo que se adelantaron ayer los jueces indicaron que Mateo Amaya murió por un severo golpe en la cabeza. Según los médicos y forenses, sólo pudo producirse por el choque de la cabeza contra una superficie amplia a la que fue proyectado con mucha energía. No había camas ni muebles en la habitación, sólo un colchón en el piso. La posibilidad de una caída accidental fue descartada: el bebé fue lanzado o azotado contra la pared o el piso, posiblemente en un arrebato de furia ante la frustración que le generó el llanto del pequeño.

Evidencias
También descartaron, por carecer de "asidero científico", que Mateo ya haya estado golpeado cuando llegó en brazos de su madre a la casa de López la noche anterior. El golpe mortal, concluyeron, ocurrió en la mañana del 27 de abril cuando estaba al cuidado de López y su madre se estaba bañando: "Muñoz declara que mientras se estaba bañando escuchó que el bebé lloraba. Cuando ella salió del baño el bebé ya se encontraba con Franco en la vereda y estaban todos los vecinos. Aldana les pidió que se lo dieran porque no sabía qué le pasaba y veía que el bebé estaba como desmayado".

Los jueces tuvieron en cuenta las declaraciones de dos oficiales de policía que escucharon, en la comisaría, que la mujer le recriminó a López "me lo mataste" y él "nunca respondió". También repasaron los testimonios de médicos, policías y vecinos que actuaron en la emergencia, quienes coincidieron en que era López quien estaba al cuidado del niño.

Es decir que "no podría hablarse de una coartada tardía de la imputada sino que se trata de una versión original. Nadie más que Franco López tuvo contacto con el niño hasta que sale de la habitación con el bebé golpeado en sus propios brazos".

El tribunal repasó diálogos de whatsapp de la pareja en los que Aldana le reprochaba a Franco ciertos insultos y maltratos hacia el niño, como haberle arrojado agua a la cara. "Quiero empezar algo con él. ¿Por qué lo dañaría?", dice López en uno de esos mensajes, pero ella reacciona con descreimiento: "Vos no lo tratás bien, por eso no te lo dejo. Después de todo lo que le hiciste delante de mí".

Según el fallo, no se sabe a ciencia cierta el alcance del maltrato de López a Mateo pero sí está claro que Aldana no lo consentía, lo repudiaba e intentaba evitarlo: "Es muy elocuente la insistencia de la madre en disuadir a López para que no maltrate al niño", concluyó el tribunal, y rescató una ocasión en la que Aldana —que es madre a cargo de otros dos hijos— le escribió a López: "Me vine feliz porque lo cuidaste, lo pudiste calmar y todo. Me encantó que te portes así con él".

Errores
En este escenario los jueces consideraron que sería injusto analizar la conducta de Aldana con una "aplicación implacable" del diario del lunes.

"Que haya ocurrido un homicidio tremendo y lamentable no autoriza a extender las responsabilidades sin un claro criterio de imputación penal", sentenció el tribunal. Y consideró que es un error mirar al mundo a través de "prisma" del sistema punitivo: "Si Aldana Muñoz tuvo errores o pudo haber tomado mejores decisiones en su individualidad no puede ni debe ser este tribunal el que la juzgue".

Fuente: La Capital.

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