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Abril de 2024
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Rodríguez Larreta, Carolina Stanley y Patricia Bullrich, fueron denunciados por atentado a la salud pública

La denuncia se concretó este domingo y la llevó a cabo la abogada Valeria Carreras, representa a la querella principal de los familiares en las causas por el hundimiento del ARA San Juan.

19/04/2021

El jefe de gobierno Horacio Rodríguez Larreta, la asesora general tutelar de la ciudad Carolina Stanley y la titular del partido PRO, Patricia Bullrich, fueron denunciadas este domingo por atentado a la salud pública y por sedición tras haber impulsado "una serie de acciones judiciales tendientes a dejar sin efecto el DNU 241/2021", lo que según la denunciante implica haber incurrido en conductas tipificadas por el artículo 205 y 230 inciso 2 del Código Penal.

La denuncia fue presentada este domingo por la abogada Valeria Carreras, que representa a la querella principal de los familiares en las causas por el hundimiento del ARA San Juan y por el espionaje durante la gestión de Cambiemos, y será sorteada este lunes por la Cámara Federal, tras lo cual recaerá en un juzgado del mismo fuero.


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En la denuncia, Carreras aseguró que la emisión por parte del Ejecutivo del DNU 241/2021 se dictó "en y por la pandemia, cuyo rebrote, o denominada segunda ola, está colapsando el servicio sanitario y llevándose vidas de compatriotas, siendo una indiscutida situación extraordinaria que amerita medidas urgentes".

Sin embargo, siguió la denunciante, Rodríguez Larreta, Stanley y Bullrich promovieron acciones que persiguen "realizar lo que el DNU prohíbe", como concurrir a clases de modo presencial durante los próximos 15 días, en el caso del jefe de gobierno al presentarse ante la Corte Suprema y en relación a Stanley, por impulsar una acción de amparo que tramita en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 9.

Por último, Carreras remarcó que Rodríguez Larreta, Stanley y Bullrich incurrieron en la conducta prevista en el artículo 205 del Código Penal (atentado a la salud pública, que prevé penas de 6 meses a 2 años) y del artículo 230 inciso 2 (sedición, al que según el Código Penal le corresponde una pena de 1 año a 4 años), "al ponerse de acuerdo para contrariar una disposición nacional a fin de que no sea aplicable en su jurisdicción".