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¿Qué va a pasar con la adolescente que mató con con su Mini Cooper?

Las figuras que se aplican para las distintas circunstancias; cuáles son los agravantes; los casos más resonantes; un proyecto de Madres del Dolor en Diputados podría perder estado parlamentario.

23/08/2016

El domingo murió, en Posadas, Juan Francisco González, de 22 años, mientras manejaba su moto. Fue embestido por una adolescente de 15 años que conducía, sin licencia, un Mini Cooper. La joven fue detenida pero salió en libertad y la pregunta es qué ocurrirá ahora con la causa que se inició el fin de semana. La ley contempla diferentes opciones, según cómo se haya producido el hecho que dio muerte a una persona en el contexto de un accidente vial.

En la mayoría de los casos el conductor no recibe una condena de prisión. Sobre todo si es un "primario", es decir, si es la primera vez que entra en conflicto con la ley. De todas formas, como es menor, la joven no podría ir presa. Y sus padres no deberían hacerse responsables por la muerte causada por su hija.

Homicidio culposo: Es la figura más común para estos casos. Está determinada en el Artículo 84 del Código Penal y establece que quien cause la muerte de otra persona por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de los deberes a su cargo, "será reprimida con prisión de 6 meses a 5 años e inhabilitación especial por 5 a 10 años". El mínimo de la pena se eleva a dos años si hay más de una víctima fatal, o si el hecho hubiese sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta, o antirreglamentaria de un vehículo. Lo que se entiende bajo la denominación de "culposo" es que no hubo intención de matar.

Dolo eventual: Suele utilizarse en los casos de muerte en accidente de tránsito. Pero no está tipificada en el Código y es muy cuestionada. Básicamente considera que la persona -en estos casos el conductor- debió prever las consecuencias de su accionar. Se asimila la culpa grave al dolo.

Abandono de persona: puede ser un agravante, pero rara vez se aplica porque, para que sea abandono, el hecho tiene que ocurrir en un lugar donde la persona no pueda recibir ayuda de nadie. Se encuentra tipificado en el artículo 106 del Código Penal. De comprobarse, las penas oscilan entre los 2 a 6 años de prisión. La situación se vuelve más compleja si como consecuencia del abandono la víctima sufre un daño grave en el cuerpo o la salud. En este caso, las penas aumentan entre 3 a 10 años. si la víctima fallece las penas estipuladas oscilan entre 5 a 15 años de prisión.

Homicidio doloso: Está previsto por el artículo 79, tiene penas de entre 8 y 25 años de prisión para los casos en los que se compruebe que hubo intención de matar. No es la figura más común para las muertes ocurridas en hechos viales.

Estadísticas

El informe sobre la situación mundial de la Seguridad Vial elaborado por la Organización Mundial de la Salud en el año 2013 revela que las lesiones causadas por el tránsito son la octava causa mundial de muerte y la primera entre los jóvenes de 18 a 29 años. Además indica que las tendencias aumentarán si no se toman medidas urgentes, hasta llegar a convertirse en el año 2030 en la quinta causa de muerte. En nuestro país la siniestralidad vial es la primera causa de muerte de las personas de hasta 35 años.

En Diputados fue presentado en 2015 un proyecto que puede perder estado parlamentario si no se trata antes de diciembre. Según explica Vivam Perrone, de la Asociación Madres del Dolor, "lo que se pide es que quien atropella, mata y escapa reciba más pena que quien se queda en el lugar del hecho. Y que quien mate en estado de ebriedad reciba más pena que quien está conduciendo sobrio".

"En este momento el proyecto de ley que modifica la ley vial ya tiene media sanción. Se encuentra en algún cajón perdido en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales presidido por el Senador por Entre Ríos, Pedro Guastavino (FPV). Varias ONGs y familiares de víctimas fuimos al Congreso a pedir que le saquen el polvo y que traten a este proyecto ya que si no lo hacen este año, pierde estado parlamentario. Nos recibieron los Senadores Pinedo, Naidenoff y Odarda. Todos dieron su palabra que van a hacer lo posible por tratar al proyecto", agregó Perrone, que perdió a su hijo Kevin Sedano, de 14 años, en 2007. Si no lo hacen, será el tercer proyecto fallido que presentan las Madres del Dolor.

Otros casos

El del Mini Cooper fue uno de los cientos de miles de "accidentes" al volante que ocurren todos los años. En la Argentina mueren 27 personas por día en hechos viales. Pero algunos casos casos conmueven a la opinión pública por sus llamativas circunstancias. Los más resonantes de los últimos tiempos fueron el de Sebastián Cabello y el de Rodrigo "La Hiena" Barrios.

El caso de Sebastián Cabello. En la madrugada del 30 de agosto de 1999, Celia, de 39 años, y su hija Vanina volvían de una fiesta de cumpleaños en un Renault 6 cuando fueron embestidas violentamente desde atrás por un Honda Civic que conducía Sebastián Cabello, por entonces de 19 años. El vehículo de las víctimas terminó incendiado y destrozado.

Durante el juicio oral Cabello fue acusado de haber estado corriendo una picada con otro vehículo, que no se detuvo. El lo desmintió y, en cambio, aseguró que el accidente había ocurrido por evitar la colisión con un auto que se le había cruzado. Ante los jueces, llorando, aseguró que hubiera preferido haber muerto en el accidente.

En 2003, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 condenó a Cabello a 12 años de cárcel. Pero el caso fue apelado por la defensa y en 2005 la Cámara de Casación Penal redujo la condena a sólo 3 años de prisión.

El caso de Rodrigo "La Hiena" Barrios. El boxeador fue condenado a tres años y siete meses de cárcel por el homicidio de Yamila González, una joven de 20 años embarazada de seis meses, a quien en enero de 2010 atropelló con su camioneta cuando transitaba por el barrio de La Perla, en Mar del Plata. La condena fue producto de un largo camino judicial. Barrios se entregó en la noche del 24 de enero de 2010, casi ocho horas después de chocar a dos vehículos que arrollaron a la joven embarazada, en la esquina de Independencia y Ayacucho. Huyó y en el recorrido protagonizó otros dos choques, y continuó su fuga. Llegó en libertad al juicio oral y público. En 2012, el Tribunal Oral N°3 lo condenó a cuatro años de prisión y a ocho de inhabilitación para conducir, por ser culpable de homicidio culposo agravado. En 2014, el boxeador fue detenido en Junín, para que cumpla la condena impuesta por el homicidio.