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¿Qué sucede con los hijos después de un femicidio?

Al suceder el delito estando el padre privado de su libertad, queda suspendido del ejercicio de Responsabilidad Parental.

01/06/2017

Los femicidios son una lamentable realidad que no sólo golpea a la sociedad en su conjunto, sino que produce efectos devastadores en el entorno de los protagonistas del hecho, como los hijos de aquellas parejas destruidas.

Al suceder el delito estando el padre privado de su libertad, queda suspendido del ejercicio de Responsabilidad Parental, en ese caso se lo otorgará el instituto de la tutela (que es la representación que se tiene para con los niños/as y adolescentes) al pariente que sea más idóneo, explicó la Dra. Mónica Mercedes Bravo Mayuli, Jueza de Familia de Segunda Nominación.

Inmediatamente después del hecho, el niño no queda desamparado, sino que, en la generalidad de los casos, son los parientes del mismo los que concurren al Órgano jurisdiccional pidiendo la tutela de éste.

Iniciado los trámites para adquirirla (la tutela), los jueces competentes ordenan el inmediato cuidado del niño, y la asistencia psicológica, ya que estos, en diferentes situaciones han sido protagonistas de estos hechos lamentables.

En el caso que el niño no posea una familia que pueda responsabilizarse de él, el área administrativa de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia (SUBNAF), será quien intervenga en la decisión inmediata desde el marco formal.

Este Organismo, tendrá bajo su cargo la toma de una medida excepcional, la que elevará, para su control de legalidad, al Juez de Familia competente. Esta puede ser, establecer el estado de pre-adoptabilidad del niño, en situaciones en las que no posea una familia ampliada que pueda hacerse cargo del mismo. A partir de ese momento comienza a transitar el proceso de integración el Registro Único de Adopción (RUA) quien se encargará de los trámites pertinentes.

Posteriormente, y habiendo el niño encontrado un tutor, quien se encargará de la administración de todos los bienes como así también de los alimentos de éste.

En el caso de que el padre, estando recluido, genere haberes mediante la realización de una actividad laboral, el Juez de familia puede imponerle una cuota alimentaria a favor de su hijo.

“Tenemos la obligación de escuchar a los niños o adolescentes. Por ello, ordenamos los informes socio ambientales y enviamos nuestro gabinete psicopedagógico con la finalidad de analizar el rendimiento escolar del niño, procurando darle siempre un apoyo y una cobertura integral al niño, que es quien sufre las consecuencias”, finalizó la Magistrada.