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Mayo de 2024
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Buenos Aires: albergues transitorios podrán recibir tríos o parejas SW

La Legislatura de la ciudad de Buenos Aires modificó la ley que regula a los albergues transitorios porteños. También podrán vender minutas y otros complementos.

04/10/2018

Con 54 votos a favor y 2 abstenciones, después de 40 años se modificó la ley 5.666, un cambio impulsado por el legislador del GEN Sergio Abrevaya y apoyada por los bloques Vamos Juntos, GEN, Unidad Ciudadana, PS, PTS, Evolución, BP y Mejor Ciudad (se abstuvo Autodeterminación y Libertad, de Gerardo Zamora).

Los cambios en la norma tienen el objetivo de impulsar la actividad económica de los establecimientos, y la nueva letra de la ley sostiene que los hoteles alojamiento "no podrán desarrollar ningún otro tipo de actividades fuera de la de albergue de personas por horas", al tiempo que "no podrán usar el servicio personas menores de 18 años, a cuyos fines los responsables del establecimiento estarán facultados para requerir la identificación de los usuarios al solo efecto de verificar sus edades, sin consignar sus nombres y datos personales en registro alguno".

De esta forma, se eliminó de la ley la prohibición de que las habitaciones sean usadas por más de dos individuos, lo que abre la puerta a que el servicio pueda ser usado por parejas swingers o personas que practiquen el poliamor.

En esa línea, las modificaciones también alivianó las restricciones respecto de otros servicios que puedan ofrecer los albergues transitorios, popularmente conocidos como "telos". A partir de ahora, los hoteles podrán vender productos de cafetería, minutas y otro tipo de complementos para que sean usados y consumidos dentro de las habitaciones.

Además, los cambios en la ley ratifican que estos establecimientos tendrán que contar "con garaje o playa de estacionamiento anexos, de uso exclusivo, que comunicarán internamente con el establecimiento".

Por último, la medida aprobada por la Legislatura de la Ciudad destaca que "en materia de publicidad y vistas hacia el exterior, estos establecimientos deberán exhibir en el frente del local una chapa con medidas de 0,30 x 0,50 metro en la que se consignará exclusivamente la leyenda: Albergue Transitorio". Esto implica que se levantan las restricciones para que los hoteles hagan publicidad de sus servicios y que puedan colocar otro tipo de cartelería para identificarse, en contraposición con lo que sucedía hasta el momento.

Luego de que se aprobara la modificación de la ley, el legislador Abrevaya sostuvo que "este es un sector que le estaba pidiendo a la Legislatura poder trabajar mejor, no le está pidiendo ningún favor ni ayuda al Estado" y concluyó que "este tipo de legislaciones ayudan a las pymes".