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Mayo de 2024
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Los alcances del decreto que establece la doble indemnización por despido

La decisión del Poder Ejecutivo Nacional de fijar, a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU), la doble indemnización para los despidos sin causa, representa un nuevo panorama para el mercado laboral.

20/12/2019

Refiriéndose a esta temática, la Dra. Analía Páez, titular del Juzgado de Trabajo y Minas de Quinta Nominación, explicó que se trata de un decreto de necesidad y urgencia dictado por el presidente Alberto Fernández, que establece que a los trabajadores despedidos sin causa, a partir del 13 de diciembre, se les duplica la indemnización en tres rubros.

En tal sentido indicó que dichos rubros se refieren a indemnización por antigüedad; sueldo integrativo del mes de despido e indemnización sustitutiva de preaviso. Estas indemnizaciones serían duplicadas

“El despido sin causa puede darse en dos situaciones”, detalló la magistrada, quien especificó: “Cuando el empleador despide al trabajador, comunicando fehacientemente que a partir de una determinada fecha va a prescindir de sus servicios, sin hacer constar ninguna causa. Por otro lado, el trabajador puede darse por despedido y tal situación se justifica si fuese por incumplimiento del obligaciones a cargo del empleador”.

En cuanto al alcance del decreto, indicó ,que las contrataciones que se realicen a partir del 14 de diciembre, no van a estar incluidos en los alcances del DNU, a los fines de no desalentar nuevas contrataciones.

En tanto, señaló que el espíritu de la decisión del primer mandatario nacional, es desalentar los despidos y de esa forma paliar la emergencia ocupacional que existe en el país.

El objetivo del decreto es evitar que siga avanzando el deterioro del mercado laboral formal. En esa línea, la magistrada sostuvo que el despido tiene impacto negativo para el trabajador, no sólo de índole económico sino también en su relación familiar, porque en ocasiones se despide gente que en razón de la edad y años de servicio, les cuesta volver a insertarse en el mercado laboral.

Finalmente, remarcó que todos los trabajadores gozan de una estabilidad impropia, lo que significa que la relación de trabajo puede finalizar a instancias del empleador, sin invocación de causa, siempre que cumpla con el pago de la indemnización tarifada, prevista en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que con el decreto estos rubros se duplicarían.