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Abril de 2024
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En fotos: así fue la mañana de este sábado en Santiago por las restricciones por el coronavirus

La provincia adhirió a lo dispuesto en el DNU firmado por el presidente Alberto Fernández. Sólo puede circular el personal considerado esencial.

05/06/2021

Tal como lo dispuso el gobierno nacional, este fin de semana rigen importantes restricciones para restringir la circulación y detener el aumento de los contagios y las muertes por coronavirus en Argentina.

La decisión del presidente Alberto Fernández, plasmada en un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) al cual adhirió Santiago del Estero, hizo que el movimiento en la Capital santiagueña sea muy reducido.

Un recorrido de DiarioPanorama.com por las principales calles y lugares públicos de la Madre de Ciudades permitió conocer el acatamiento a las decisiones del Ejecutivo nacional: los comercios cerraron sus puertas y solo están abiertas las farmacias y otros que venden comestibles o artículos de primera necesidad.

DNU al cual adhirió Santiago
El decreto firmado por el presidente Fernández establece que en los Departamentos, Partidos y Aglomerados que se encuentren en situación de “Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario” o de “Alarma Epidemiológica y Sanitaria” se aplicarán, desde el 22 de mayo y hasta el 30 de mayo de 2021 inclusive y los días 5 y 6 de junio de 2021, además de las vigentes, las siguientes medidas:

Comercios cerrados acatando las restricciones Comercios cerrados acatando las restricciones

Suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.

Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios.

Trabajadores esenciales Trabajadores esenciales

Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias establecidas en el artículo 4° del Decreto N° 287/21.

En ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

Solo fuerzas de seguridad en el centro Solo fuerzas de seguridad en el centro

Con el fin de realizar las salidas y desplazamientos previstos en este inciso no será necesario contar con autorización para circular.

La restricción de circulación nocturna establecida en el artículo 18 del Decreto N° 287/21 y ampliada por el inciso 6° del artículo 21 del mismo regirá desde las DIECIOCHO (18) horas hasta las SEIS (6) horas del día siguiente. En este sentido para dar cumplimiento a las normativas sanitarias establecidas la Policía de la provincia reforzará los controles en toda la ciudad.