Santiago del Estero, Sábado 11
Mayo de 2024
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País

Revés para dos tabacaleras que evitaban pagar un impuesto por una medida cautelar

Se trata de la misma ventaja competitiva que mantiene Tabacalera Sarandí, de Pablo Otero, por la cual al no cumplir con la obligación del impuesto interno sus cigarrillos se venden al público a un precio más barato.

28/04/2024

Dos tabacaleras que estaban beneficiadas por una medida cautelar por la cual eludían el pago de impuestos sufrieron un revés judicial frente a un reclamo de la AFIP. Se trata de la misma ventaja competitiva que mantiene Tabacalera Sarandí, de Pablo Otero, por la cual al no cumplir con la obligación del impuesto interno sus cigarrillos se venden al público a un precio más barato, lo que le permitió ganar una mayor participación de mercado.

Desde la AFIP explicaron: "El impuesto interno a los cigarrillos grava con una alícuota del 70% su expendio; el precio sobre el que se aplica la alícuota no puede ser menor a un monto fijo que se actualiza por inflación cuatro veces por año. Al fijo se lo llama impuesto mínimo. Algunas empresas, a través de medidas cautelares judiciales han evitado pagar el impuesto sobre el monto mínimo".

Las dos tabacaleras en cuestión están ubicadas una en Rosario y la otra en Ensenada. "Por un lado informan un precio bajo lo que hace que no lleguen a pagar el mínimo, y por el otro, cuando la AFIP se lo reclama interponen medias cautelares para no pagar justamente ese mínimo", dijeron desde el ente recaudador. Sarandí, por ahora, continúa indemne gracias al lobby de Otero.

Esta semana, la AFIP obtuvo dos fallos favorables de la Sala B de la Cámara Federal de Rosario y la Sala I de la Cámara Federal de La Plata, que revocaron las medidas cautelares otorgadas por jueces de primera instancia que permitieron que las dos empresas tabacaleras evitaran el pago del impuesto mínimo.

"Cabe resaltar que la Sala B de Cámara Federal de Rosario destacó que el Fisco mantuvo su postura recaudatoria sin contradicciones desde que la empresa tabacalera comenzó su actividad, descartando además cualquier animosidad en la conducta desplegada por el fisco contra la contribuyente tabacalera", informó la AFIP.

Por otra parte, la Sala I de la Cámara Federal de La Plata, en el mismo sentido, revocó la medida cautelar otorgada a favor la tabacalera por el juez de primera instancia, sobre la base de cuestiones procesales.