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Diputada nacional presentó un importante proyecto sobre tenencia y protección animal

La cordobesa Olga Rista presentó el mismo que regula la actividad de cría con fines comerciales y establece requisitos mínimos para garantizar el bienestar y prevenir la explotación animal.

29/04/2017

La diputada nacional Olga Rista (UCR-Córdoba) presentó un proyecto de ley para crear un régimen de tenencia responsable y protección de animales de compañía en lo referido a su crianza, trato y transferencia. A su vez, regula la actividad de cría con fines comerciales y establece requisitos mínimos para garantizar el bienestar y prevenir la explotación animal.

"Este proyecto es una necesidad urgente para concientizar a la población y prevenir situaciones como el abandono; las intervenciones quirúrgicas innecesarias en animales; la cría indiscriminada para la venta de animales de raza sin ningún control ni requisito mínimo", aseguró la legisladora.

El proyecto contempla temas centrales sobre la protección de los animales de compañía, tales como el establecimiento de requisitos básicos para su manutención y cuidado y la regulación de las actividades de cría y custodia con fines comerciales; la prohibición salvo excepciones de la realización de muestras y concursos; la prohibición de las intervenciones quirúrgicas no curativas –como el corte de cola y orejas-; la regulación de la práctica de eutanasia sólo para casos extremos; la realización de campañas periódicas de educación de la ciudadanía en la tenencia responsable; la garantía de que el Estado continuará la labor de realizar vacunaciones, desparasitaciones y esterilizaciones gratuitasperiódicamente;  entre otras.

En cuanto a la amputación de orejas y cola, la diputada explicó que la "tradición" tiene su origen en la caza y en las peleas de perros, pero que hoy en día éstas prácticas son "meramente estéticas y ponen en riesgo la salud de los animales debido a la posible alteración en el normal desarrollo del sistema nervioso central o complicaciones derivadas de este proceso quirúrgico como sangrado excesivo, infecciones o necrosis".

Por otra parte, indicó que "de convertirse este proyecto en ley, también sería regulada la actividad de cría de animales de raza para su comercialización ya que en la actualidad no existen requisitos mínimos exigidos a quienes se dedican a ello".

Por último, afirmó que "la sobrepoblación de animales vagabundos se debe en gran parte a la falta de conciencia de los dueños que abandonan animales, no los esterilizan y generan así un grave problema de salubridad además de constituir en un claro acto de crueldad y descuido" y remarcó que "en muchos países del mundo, se sanciona el abandono con experiencias positivas como la de los Países Bajos, donde se logró reducir enormemente la población de perros vagabundos con campañas de adopción y esterilización, sin recurrir a métodos eutanásicos".


Puntos principales del proyecto de ley:

-          El abandono voluntario de animales de compañía o su desatención de forma tal que queden en situación de desamparo y/o expuestos a un riesgo que amenace su integridad física, serán pasibles con multa equivalente al monto de cinco (5) a diez (10) salarios vitales.

-          No deberá adiestrarse a ningún animal de compañía de tal modo que se perjudique su salud y bienestar, en particular obligándole a superar sus fuerzas o capacidades naturales o utilizando medios artificiales que provoquen lesiones, dolores, sufrimientos o angustia innecesarios.

-          Los refugios para animales podrán dar acogida a animales vagabundos y pedir la asistencia económica del Estado.

-          Quienes se dediquen al comercio o cría de animales de compañía con fines comerciales, deberá declarar las especies y número aproximado de animales de compañía que sean o vayan a ser objeto de esa actividad; la persona responsable y sus conocimientos; la descripción de las instalaciones y equipos que se utilicen o vayan a utilizarse;  informe escrito de un profesional veterinario sobre el estado de salud de los animales con los que se cuenta de sus necesidades. La actividad sólo podrá realizarse si la persona a cargo es idónea; si las instalaciones son adecuadas, si los animales tienen un buen estado de salud y si no son sobreexplotados ni sometidos a procedimientos crueles. Quienes no cumplan con estos requisitos y aun así prosigan con la actividad, deberán pagar multas equivalentes al monto de diez (10) a cincuenta (50) salarios vitales.

-          Se prohíbe la utilización de animales de compañía para muestras, concursos ni manifestaciones similares, a menos que se garanticen las condiciones apropiadas para los animales, y no se ponga en peligro su salud ni bienestar.

-          No se administrará ninguna sustancia ni se aplicará ningún tratamiento a un animal de compañía, y no se utilizará ningún otro procedimiento para incrementar o reducir el nivel normal de su rendimiento.

-          Se prohibirán las intervenciones quirúrgicas cuyo objeto sea modificar la apariencia de un animal de compañía o conseguir otros fines no curativos y/o con fines exclusivamente estéticos

-          La eutanasia deberá efectuarse con los menores sufrimientos físicos y psíquicos posibles y tener como único fin el acabar con el previo sufrimiento y dolor del animal habida cuenta de las circunstancias.

-          La Autoridad de Aplicación garantizará la realización de campañas estatales de vacunación, desparasitación y esterilización gratuita de animales vagabundos y de compañía periódicamente y tomará medidas orientadas a fomentar la adopción de animales vagabundos y desalentar la comercialización de animales de raza.

-          La Autoridad de Aplicación desarrollará programas de información y educación para promover, entre las organizaciones y personas relacionadas con la tenencia, cría, adiestramiento, comercio y custodia de animales de compañía, la conciencia y el conocimiento de las disposiciones y principios de la presente Ley.

-          Lo recaudado por las multas impuestas se destinará al sostenimiento de refugios para animales y al financiamiento del Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos, así como a realizar campañas masivas de concientización en todo el país promoviendo la adopción de animales vagabundos.