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País

Cristina Kirchner apeló las restricciones de su prisión domiciliaria y Casación revisará el uso de la tobillera y las visitas

La Cámara Federal de Casación Penal deberá analizar los límites vigentes sobre las visitas, la tobillera electrónica y el acceso a la terraza de su domicilio.

Hoy 17:59

Cristina Kirchner apeló las restricciones impuestas en su prisión domiciliaria y logró que la Cámara Federal de Casación revise la decisión que mantuvo sobre la tobillera electrónica, los límites a las visitas y las restricciones para utilizar la terraza del edificio donde cumple la condena de seis años de prisión por la causa Vialidad.

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La medida fue adoptada luego de que el Tribunal Oral Federal 2 concediera un recurso presentado por la defensa contra la resolución del 5 de junio, cuando se rechazó el pedido para flexibilizar las condiciones del arresto domiciliario que la ex presidenta cumple en el departamento ubicado en San José 1111.

Qué dice la apelación presentada

La defensa también cuestionó las limitaciones para el uso de la terraza y afirmó que la resolución no explica de qué manera una flexibilización de esa medida podría afectar la convivencia dentro del edificio.

Además, los abogados remarcaron que no se valoró adecuadamente la “conducta irreprochable” de la ex presidenta durante el primer año de detención, período que se cumplió ayer. En ese sentido, señalaron una “situación paradojal”, ya que un supuesto incumplimiento relacionado con la visita simultánea de nueve economistas el 17 de noviembre pasado derivó en un régimen más restrictivo, mientras que el cumplimiento de todas las obligaciones impuestas no generó ningún beneficio.

La presentación también cuestionó que no se aplicara el principio de progresividad previsto en la Ley de Ejecución Penal 24.660.

Sin embargo, el Tribunal rechazó los planteos al considerar que “el adecuado acatamiento de las reglas de conducta invocado por la defensa como fundamento de su pretensión no constituye, por sí solo, una circunstancia que habilite a concluir que las restricciones actualmente vigentes han perdido su razón de ser”.

Además, el juez sostuvo que “el régimen progresivo” de cumplimiento de penas fue diseñado para personas alojadas dentro del sistema penitenciario. En ese sentido, señaló que la prisión domiciliaria “constituye una modalidad excepcional de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, sometida a un régimen jurídico propio y a mecanismos particulares de supervisión y control”.