El Tribunal Oral Federal N°3 desvinculó al exganador de Gran Hermano de todas las acusaciones. El fallo consideró que algunos delitos estaban prescriptos y que en otros no había pruebas suficientes.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 absolvió este miércoles a Marcelo Corazza en la causa en la que estaba acusado de abuso sexual infantil, corrupción de menores y trata de personas.
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Los jueces Javier Feliciano Ríos, Andrés Fabián Basso y Fernando Marcelo Machado Pelloni determinaron que los delitos atribuidos al exganador de Gran Hermano estaban prescriptos en algunos casos y que, en otros, no existían pruebas suficientes para acreditar su responsabilidad.
Como consecuencia del fallo, Corazza quedó desvinculado de las acusaciones y el tribunal dispuso además retirarle la tobillera electrónica que utilizaba desde su excarcelación en 2023.
La resolución también dejó sin efecto la prohibición para salir del país y el embargo de bienes que pesaban sobre el productor televisivo.
Mientras Corazza fue absuelto, el tribunal condenó a Francisco Angelotti a 22 años de prisión, luego de considerarlo responsable de los delitos de trata de personas agravada, abuso sexual con acceso carnal, promoción de la corrupción de menores y tenencia de representaciones de abuso infantil.
Según la resolución, los hechos por los que fue condenado Angelotti tuvieron como víctimas a al menos cuatro personas.
En tanto, Raúl Mermet recibió una pena de 10 años de prisión al ser considerado partícipe necesario del delito de trata de personas agravada respecto de una de las víctimas.
El tribunal también dispuso que Angelotti y Mermet paguen una reparación económica equivalente a 20 salarios mínimos, vitales y móviles para cada una de las víctimas por los hechos por los que fueron condenados.
Por otra parte, Leandro Aguiar y Andrés Charpenet fueron absueltos y se ordenó su inmediata libertad.
Además, el TOF 3 absolvió a todos los acusados por el delito de asociación ilícita, una figura que había sido planteada por la querella durante el proceso.
Los fundamentos completos de la sentencia serán difundidos el próximo 22 de octubre.
La causa se inició a partir de una denuncia presentada en octubre de 2022 y posteriormente quedó bajo investigación de la Fiscalía especializada en trata de personas (PROTEX).
La acusación estuvo a cargo de los fiscales Carlos Rívolo y Alejandra Mángano, quienes sostuvieron que los imputados formaban parte de una estructura destinada a captar adolescentes varones mediante engaños para someterlos a prácticas sexuales con adultos.
De acuerdo con la hipótesis de la fiscalía, los hechos investigados se habrían producido en la Ciudad de Buenos Aires, la provincia de Buenos Aires y Misiones, entre 1999 y marzo de 2023.
En ese esquema, los fiscales habían señalado a Angelotti como presunto líder de la organización y le atribuyeron distintas maniobras para ganarse la confianza de menores y luego someterlos sexualmente.
La investigación se originó a partir de la declaración de una víctima ante la PROTEX, lo que derivó posteriormente en la intervención de la Justicia federal.
Durante el proceso, Marcelo Corazza negó las acusaciones y sostuvo públicamente su inocencia.
“Soy inocente”, había afirmado al referirse a la causa.
Antes del inicio del juicio oral, también había señalado que no preparaba una estrategia particular de defensa y que su intención era contar su vida y ser escuchado ante la Justicia.
Con la sentencia dictada este miércoles, Corazza quedó absuelto de todos los cargos que se le atribuían, aunque los fundamentos completos del fallo permitirán conocer en detalle los argumentos utilizados por el tribunal para llegar a esa decisión.