Santiago del Estero, Miércoles 24
Abril de 2024
X
Regionales

Los acusaron de robar en un súper y ahora recibirán 2 millones de pesos por daño moral

La Justicia falló a favor de dos clientes a los cuales se les había activado la alarma de robo al salir de un supermercado y fueron maltratados por los guardias de seguridad.

07/04/2021

El Juzgado en lo Civil, Comercial y Familia de 2° Nominación de la ciudad de Bell Ville en la provincia de Córdoba condenó a la cadena de supermercados La Anónima, de la localidad de Marcos Juárez, a pagar 200 mil pesos (dos millones con los intereses) por daños morales y psicológicos a dos clientes que sufrieron malos tratos de dos empleados.

Según informó la Justicia, los clientes habían sido acusados de retirarse del establecimiento (Sociedad Anónima Importadora y Exportadora de la Patagonia o supermercados La Anónima) con mercadería que no habían pagado, cuando, en realidad, el sistema de alarmas se había activado por error en la lectura del ticket.

La sentencia también condena a pagarle a los damnificados 200 mil pesos, más intereses, en concepto de daño punitivo, “en atención a la finalidad persuasiva que tiene tal sanción”.

La jueza Elisa B. Molina Torres tuvo en cuenta en su fallo la envergadura económica de la sociedad demandada, que opera en el mercado a través de una cadena reconocida de supermercados distribuidos en el país.

Luego de determinar la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor, la magistrada consideró que los dependientes del supermercado que intervinieron en el hecho no actuaron con la discreción, prudencia y reserva que merecía el caso.

Esto, sumado a que el acontecimiento ocurrió en una hora pico de concurrencia de público, cerca de las 11, en una ciudad en la que los damnificados eran conocidos.

La jueza Molina Torres sostuvo que ello configuró una práctica abusiva, sancionadas por el artículo 8 bis de la ley 24.240, que prevé que los proveedores deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.

A su vez, confirmó que la empresa tenía conocimiento sobre los posibles errores del sistema de alarmas, que podían activarse por causas no imputables al cliente.

Y destacó que el supermercado “debió extremar sus diligencias para corregir tales errores o, al menos, implementar prácticas que aminoren los efectos no queridos de tal hecho para no afectar los derechos del cliente ante tales acontecimientos".

TAGS Cordoba