La prórroga alcanza a localidades del departamento 9 de Julio y prevé alivio fiscal para productores afectados.
La sequía que desde hace meses golpea al norte de Santa Fe continúa condicionando la actividad agropecuaria y obligó a extender las medidas de asistencia.
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En ese marco, el gobierno provincial dispuso la prórroga de la declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario para distritos del departamento 9 de Julio, una decisión que busca sostener la producción y aliviar la situación de los productores más afectados.
La medida fue oficializada a través del Decreto Nº 3184/25 y extiende la vigencia del régimen excepcional desde el 1º de septiembre de 2025 hasta el 28 de febrero de 2026.
El alcance territorial comprende a las localidades de Santa Margarita, San Bernardo, Villa Minetti, Pozo Borrado, Tostado, Logroño, Campo Garay, Esteban Rams y Montefiore. En tanto, quedaron exceptuados Gato Colorado y Gregoria Pérez de Denis, donde se verificaron mejoras en las condiciones productivas.
Desde el Ministerio de Desarrollo Productivo señalaron que la decisión responde a la persistencia del déficit hídrico y al impacto acumulado sobre la producción agrícola y ganadera. En ese sentido, remarcaron que el objetivo central es brindar herramientas que permitan mitigar los efectos de la sequía en una de las regiones más vulnerables de la provincia.
El ministro de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini, destacó que la prórroga refuerza el acompañamiento al sector agropecuario y remarcó la importancia de la transparencia en la gestión, para que los productores cuenten con previsibilidad y puedan acceder a los beneficios previstos por la normativa vigente.
En cuanto a los trámites, el gobierno recordó que el procedimiento es completamente digital. Los productores que ya cuenten con certificados en situación de Emergencia Agropecuaria pasarán automáticamente a la condición de Desastre, sin necesidad de realizar gestiones adicionales. Aquellos que ya se encuentren categorizados como Desastre mantendrán esa condición, quedando eximidos de cualquier nuevo acto administrativo.
Por su parte, quienes aún no hayan presentado la declaración jurada de daños y deseen acceder a los beneficios deberán iniciar el trámite a través del Sistema Santafesino de Gestión de Situaciones de Emergencia Agropecuaria (Sisagea), mediante el formulario digital correspondiente. En el caso de los productores apícolas, la presentación deberá realizarse a través del sistema Proap, en el apartado específico de Emergencia Agropecuaria.
La normativa establece como fecha límite el 29 de enero para completar las declaraciones juradas, aunque faculta al Ministerio de Desarrollo Productivo a prorrogar ese plazo si las circunstancias lo ameritan. En paralelo, la Secretaría de Agricultura y Ganadería será la encargada de confeccionar y actualizar semanalmente el Registro Único de Productores en Situación de Emergencia o Desastre, que será publicado mediante resoluciones oficiales.
Entre los principales beneficios fiscales, la prórroga contempla la postergación de vencimientos del Impuesto Inmobiliario para quienes cuenten con certificados de Emergencia, mientras que los productores en situación de Desastre accederán a la condonación de cuotas correspondientes a 2025 y a la primera de 2026. Además, se prevé la devolución o acreditación fiscal en los casos en que se hayan abonado importes que debían ser condonados.
Finalmente, la medida suspende por 180 días el inicio de juicios y acciones administrativas vinculadas al cobro de impuestos, una disposición que apunta a descomprimir la carga financiera en un contexto marcado por la falta de lluvias y la incertidumbre climática.