El proyecto de reforma laboral propone un sistema flexible para compensar el tiempo trabajado, reducir recargos y priorizar acuerdos por empresa, en un cambio profundo del esquema actual de jornadas y horas adicionales.
La reforma laboral en debate en el Congreso propone una transformación profunda en la organización del trabajo mediante la incorporación del régimen de banco de horas, un sistema que permitiría registrar, compensar y distribuir la jornada de manera flexible, más allá del modelo clásico de horas extra. La iniciativa, que ganó relevancia tras la experiencia reciente de Grecia, se convirtió en uno de los ejes centrales de la discusión legislativa.
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El borrador actualizado del Proyecto de Ley de Modernización Laboral habilita que empleadores y trabajadores puedan firmar acuerdos escritos y voluntarios para definir cómo se aplicarán las horas extraordinarias. Estos pactos deberán establecer modalidad, límites, mecanismos de control y un registro verificable de las horas trabajadas o de disponibilidad, según detallan las fuentes oficiales que difundieron la propuesta.
El banco de horas aparece como un mecanismo clave para adaptarse a los picos de producción y a las variaciones de la demanda. En este sistema, un trabajador puede sumar más horas en días de alta actividad y luego compensarlas con jornadas reducidas o francos adicionales, respetando siempre los descansos legales diarios y semanales.
A diferencia del esquema tradicional, el recargo por horas extra dentro del banco de horas sería menor al 50% o 100%, como prevé la legislación vigente. El objetivo es reducir el costo para el empleador manteniendo la protección del trabajador mediante acuerdos voluntarios.
En el caso de Grecia, la aplicación del banco de horas permitió extender jornadas hasta 13 horas en días puntuales, dentro de un tope anual. El proyecto argentino no replica ese esquema, pero sí habilita la jornada flexible dentro de los límites sectoriales o empresariales y sin superar el máximo semanal. La compensación podrá realizarse mediante pagos, francos o jornadas más cortas, según el acuerdo colectivo o de empresa.
Otra novedad relevante es la prioridad de los acuerdos por empresa por encima de los convenios de actividad. Esto permitiría una mayor adaptación a cada establecimiento, aunque bajo supervisión de la autoridad laboral para garantizar que se respeten derechos, descansos y límites regulatorios.
El texto también estipula que el banco de horas permitirá repartos desiguales de carga semanal, siempre dentro de los topes legales. La reducción de jornada podrá calcularse por promedios, lo que facilita la adaptación a la dinámica productiva sin vulnerar normas de descanso.
El proyecto incorpora además definiciones sobre el trabajo a tiempo parcial, autorizando horas suplementarias voluntarias, aunque sin superar la jornada máxima. Los convenios podrán fijar cupos y mecanismos para pasar de tiempo parcial a completo.
Uno de los cambios más fuertes es la eliminación de la ultraactividad: si un convenio vence y no se renueva, dejará de estar vigente, lo que busca acelerar negociaciones y dar prioridad a los acuerdos empresariales bajo el nuevo marco legal.
Finalmente, las fuentes remarcan que cualquier régimen de banco de horas deberá cumplir estrictamente con estándares de protección y control, garantizar descansos y derechos fundamentales, y podrá implementarse tanto a nivel individual como colectivo, convirtiéndose en uno de los pilares centrales de la modernización laboral en Argentina.