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Una diputada libertaria propone exámenes psicológicos obligatorios para candidatos y funcionarios

La legisladora Mercedes Llano presentó un proyecto de ley que busca exigir una “evaluación de idoneidad psicológica funcional” a quienes aspiren a cargos electivos o a integrar el Poder Ejecutivo antes de asumir sus funciones.

10/03/2026

La diputada de La Libertad Avanza, Mercedes Llano, presentó un controvertido proyecto de ley donde propone que se realice a los candidatos a cargos electivos y autoridades del Poder Ejecutivo un examen de “Evaluación de idoneidad Psicológica Funcional”.

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La legisladora argumentó que es necesario realizar ese examen previo a que asuman sus cargos o se postulen como legisladores o a la Presidencia de la Nación ya que se debe “garantizar que quienes conduzcan los destinos del país cuenten con las aptitudes conductuales, emocionales y cognitivas necesarias para el ejercicio del liderazgo estatal”.

“A los efectos de esta ley, se entiende por Idoneidad Psicológica Funcional la posesión de las aptitudes conductuales, emocionales y cognitivas necesarias para el ejercicio del mando político y la  representación popular", agrega el proyecto.

Llanos propone que se realice este examen psicológico a los candidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación, “como requisito previo e ineludible para la oficialización de sus candidaturas ante la Justicia Electoral”.

También marca que lo deberán hacer "los legisladores nacionales electos, quienes deberán acreditar la evaluación con carácter previo a la asunción del cargo”, a los aspirantes a ejercer cargos de autoridades superiores del Poder Ejecutivo Nacional, “con carácter previo a su designación o asunción”.

Señala que la evaluación será realizada por “organismos especializados, independientes y técnicamente idóneos, designados conforme a la reglamentación”.

Además se establece en el proyecto que la evaluación tendrá carácter estrictamente confidencial. Únicamente el dictamen final, expresado como “Apto Funcional” o “No Apto Funcional”, será comunicado a la Justicia Electoral y/o al órgano correspondiente, sin expresión de datos clínicos ni fundamentos técnicos detallados.