Derogó las restricciones vigentes desde 2012 y otorgó mayor margen de acción al INPI para analizar cada solicitud caso por caso, en línea con estándares internacionales y en el marco del acuerdo con Estados Unidos.
El Gobierno nacional modificó el régimen de patentes en el sector químico-farmacéutico y eliminó las restricciones vigentes desde 2012, con el objetivo de flexibilizar el otorgamiento y alinearse a estándares internacionales.
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La medida se implementó a través de la Resolución Conjunta 1/2026, firmada por distintas áreas del Ejecutivo, que otorga mayores facultades al Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) para evaluar cada solicitud de forma individual.
Con este cambio, se derogaron las pautas que limitaban la patentabilidad en el sector salud, como las que impedían registrar polimorfos, sales, ésteres o segundas indicaciones médicas, consideradas hasta ahora como variantes de sustancias ya conocidas.
Desde ahora, el INPI analizará cada caso según los criterios generales de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial establecidos en la Ley de Patentes.
El ministro Federico Sturzenegger explicó que la decisión se enmarca en el proceso de alineamiento con estándares internacionales, en especial en el vínculo con Estados Unidos. “El INPI analizará cada solicitud de patente caso por caso, conforme a la ley, sin restricciones adicionales”, sostuvo.
El funcionario aclaró que la medida no afectará a los medicamentos ya disponibles en el mercado, que podrán seguir comercializándose sin cambios.
Según el Gobierno, la flexibilización apunta a fortalecer la propiedad intelectual, fomentar la innovación y acelerar la llegada de nuevos desarrollos farmacéuticos al país.