La decisión, publicada en el Boletín Oficial, apuntará a la modernización y reequipamiento del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
El Gobierno oficializó un nuevo esquema de financiamiento para las Fuerzas Armadas mediante un decreto publicado este lunes que establece la utilización de fondos provenientes de privatizaciones, concesiones y ventas de bienes estatales.
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La medida busca fortalecer el área de Defensa a través de la puesta en marcha del “Plan de Adecuación y Reequipamiento Militar Argentino”, una iniciativa orientada a mejorar las capacidades operativas de las Fuerzas Armadas.
Según se desprende del decreto, el esquema contempla la asignación del 10% de los ingresos generados por la venta de empresas públicas, concesiones y licitaciones, además del 70% de lo recaudado por la venta o concesión de bienes pertenecientes a las propias Fuerzas Armadas.
La medida fue oficializada a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 314/2026, publicado en el Boletín Oficial que cuenta con las firmas de Javier Milei y todo su Gabinete.
Según se detalla en el decreto, la decisión responde, entre otros factores, a las limitaciones del actual esquema presupuestario. En ese sentido, el texto advierte que “la estructura presupuestaria vigente ha generado que la mayor parte de los recursos sean absorbidos por gastos de personal y funcionamiento, limitando severamente la inversión, lo que deja un escaso margen para sostener la operación y al mismo tiempo reforzar y mejorar capacidades militares concretas de la Defensa Nacional”.
A partir de ese diagnóstico, la norma introduce cambios en el financiamiento. Por un lado, reemplaza el artículo 15 del Decreto 1382/2012 y fija que “el 10 % de los ingresos obtenidos por la venta, locación, concesión, transferencia o cualquier otra forma de disposición de inmuebles del Estado Nacional será destinado al Ministerio de Defensa”.
Además, establece un tratamiento diferencial cuando se trate de bienes ya asignados a esa cartera: en esos casos, “el 70 % de los ingresos obtenidos por la disposición de inmuebles afectados al Ministerio de Defensa será asignado a dicha jurisdicción”, con el mismo destino.
A esto se suma una segunda fuente de recursos. El artículo 3° dispone que “el 10 % de los fondos provenientes de los procesos de privatización de empresas o participaciones estatales” también será dirigido al Ministerio de Defensa para el reequipamiento militar.
El decreto aclara que estas partidas “no sustituyen ni afectan los fondos previstos en el Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF)”, creado por la Ley 27.565, sino que constituyen “una fuente complementaria de financiamiento”.
En paralelo, la norma fundamenta la necesidad de avanzar en este plan en función del contexto internacional y los cambios tecnológicos. En ese marco, sostiene que “los cambios en materia de tecnología militar, en particular la irrupción de la inteligencia artificial y el uso de armas robotizadas, demandan de nuevas capacidades y medios para las Fuerzas Armadas”.
También remarca que, para el país, “en atención a su extensión territorial, la magnitud de sus espacios marítimos y aéreos, y la existencia de recursos naturales estratégicos, es esencial contar con un sistema de defensa con capacidad real de disuasión y respuesta”.
El documento sitúa estas definiciones en un escenario global complejo, al señalar que se trata de un “escenario internacional contemporáneo en el que existen múltiples conflictos geopolíticos latentes” y que “presenta nuevas modalidades de amenazas, incluyendo acciones asimétricas, ciberataques, sabotajes a infraestructura crítica e incursiones irregulares en el espacio aéreo”.
A su vez, subraya el rol que cumplen las Fuerzas Armadas en el ámbito interno al indicar que “son empleadas de manera recurrente en apoyo a la comunidad ante situaciones de emergencia y catástrofes naturales (...), poniendo a disposición capacidades logísticas de transporte, sanidad, comunicaciones e ingeniería, lo cual demanda que cuenten con medios adecuados, modernos, operativos y en condiciones óptimas”.
En este contexto, el plan tiene como finalidad —según los considerandos— “el reequipamiento, la modernización, el desarrollo de infraestructura estratégica y la recuperación de capacidades del Sistema de Defensa Nacional”.
Por último, la norma establece un plazo concreto para avanzar en la implementación: instruye al Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas a presentar ante el Ministerio de Defensa, dentro de los próximos 90 días, un relevamiento de “los requerimientos prioritarios en materia de equipamiento”, que servirá para orientar la asignación de los recursos.