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Causa Vialidad: el paso a paso del decomiso de los bienes de Cristina Fernández de Kirchner

¿Cuál es la última instancia para los condenados? El fallo de Casación establece que si el valor de los activos principales no cubre el monto fijado, se realizará la subasta de propiedades.

Hoy 09:56

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal ordenó la tasación y ejecución de los bienes de Cristina Fernández, sus hijos Máximo y Florencia Kirchner, Lázaro Báez, Austral Construcciones S.A., Kank y Costilla S.A. y Loscalzo y Del Curto S.R.L. Pero si esos activos no alcanzan para cubrir los $684 mil millones fijados como decomiso en la causa Vialidad, dispuso también avanzar con el remate de los bienes del resto de los condenados.

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En este sentido, el reciente fallo aclara que “para el eventual supuesto de que aquello no fuera suficiente para afrontar el monto de decomiso fijado en esta causa, procédase a la realización de los bienes propiedad de Nelson Guillermo Periotti, José Francisco López, Mauricio Collareda, Raúl Gilberto Pavesi y Raúl Osvaldo Daruich.

Por otro lado, los camaristas le hacen saber al Ministerio Público Fiscal que “conserva íntegramente la facultad de identificar, en el curso de la ejecución, nuevos bienes susceptibles de realización”.


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La resolución le delega al Tribunal Oral Federal 2 porteño que continúe con el trámite según los términos de la Acordada 22/2025 de la Corte Suprema de Justicia, que en su momento aprobó el “Reglamento de efectos decomisados en causas penales”.

No obstante, fuentes judiciales admiten que todo el proceso podría quedar interrumpido cuando la defensa de la expresidente, junto con el resto de los encausados, presente un recurso extraordinario ante la Casación.

Aunque los camaristas lo declaren inadmisible, la siguiente y última oportunidad de los condenados será ir con un recurso de queja directamente ante el Máximo Tribunal.

La ejecución

Para ejecutar el recupero de bienes dictados por la sentencia de Vialidad, el TOF 2 tomará en cuenta la mencionada Acordada 22/2025 de la Corte Suprema, que dispone la administración del decomiso. Los magistrados deberán llevar a cabo una subasta, previa notificación a la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura del Máximo Tribunal, indicando el comprador y las sumas obtenidas. El dinero de la venta deberá ser depositado en las cuentas bancarias del más alto tribunal federal.


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En el caso de bienes muebles registrables y no registrables que puedan tener una utilidad social (por su valor económico y cultural), se ordenará su tasación y podrán asignarse provisionalmente para el uso del Poder Judicial, el Ministerio Público Fiscal o las fuerzas de seguridad.

Si los bienes tienen una utilidad inmediata y concreta para la comunidad, podrán destinarse prioritariamente a programas de asistencia a víctimas, educativos, de salud, de reinserción social o de contención de personas en situación de emergencia o vulnerabilidad.

Los elementos que se recuperan a través de un proceso judicial como viviendas o vehículos quedarán bajo la órbita de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), que colabora en la subasta, puesta en valor, mantenimiento o aprovechamiento de los bienes decomisados.

El fallo de Casación

En un histórico fallo, la Cámara Federal de Casación ratificó la recuperación efectiva de activos por corrupción y consolidó el criterio de que los bienes de origen ilícito pueden ser decomisados aun cuando hayan sido transferidos a terceros o heredados.


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Esta decisión ratificó lo dispuesto por el Tribunal Oral Federal 2 que había dispuesto el remate de bienes para hacer efectivo el recupero fijado en la sentencia, por un monto superior a los 684.000 millones de pesos.

El presidente de la sala IV de Casación, Gustavo Hornos, sostuvo que “la ejecución del decomiso resulta indispensable para evitar que la condena quede reducida a una declaración formal mientras los activos derivados de la maniobra continúan produciendo efectos patrimoniales”.

En cuanto al planteo de Máximo y Florencia Kirchner de conservar los bienes heredados, el magistrado afirmó que “el decomiso puede alcanzar bienes en poder de terceros no condenados cuando éstos hubieran recibido activos provenientes del delito a título gratuito, incluso por vía hereditaria”.

Por su parte, su colega Diego Barroetaveña coincidió en que la ejecución debe alcanzar el conjunto del patrimonio ilícito generado por la maniobra, incluyendo bienes en cabeza de los condenados y aquellos transferidos a terceros.

Finalmente, el juez Mariano Borinsky votó en disidencia parcial y propuso excluir del decomiso los bienes heredados por los hijos de la ex jefa de Estado, al considerarlos ajenos al reproche penal.

De acuerdo con el fallo de Casación la lista de bienes incluidos en la orden de ejecución del decomiso está conformada por 84 propiedades del empresario Lázaro Báez, un terreno en Lago Argentino de Cristina Kirchner, y otros 19 a nombre de sus hijos.

También dispone el recupero dos de Austral Construcciones SA, tres de Kank y Costilla SA, y dos Loscalzo y Del Curto SRL, todas empresas vinculadas con Báez.