Recibió una pena de cuatro años y medio tras admitir que comercializaba medicamentos de uso hospitalario como drogas recreativas. Las comprometedoras pruebas en su contra.
La Justicia federal de Rosario condenó a Luis Emmanuel Benavidez, conocido entre sus compradores como “Luis Falopa”, a cuatro años y seis meses de prisión efectiva por vender fentanilo y bromuro de vecuronio que, según estableció la investigación, retiraba del Policlínico PAMI II donde trabajaba como enfermero.
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La sentencia fue dictada tras un acuerdo entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa, que Benavidez aceptó. El juez federal de garantías Carlos Vera Barros homologó el convenio el 4 de septiembre y también dispuso su inhabilitación por el mismo plazo para ejercer cargos públicos y la profesión de enfermero.
El acusado fue condenado por comercio de estupefacientes, venta de sustancias medicinales peligrosas para la salud con ocultamiento de su carácter nocivo, hurto y tenencia ilegítima de un arma de fuego. Los delitos fueron considerados en concurso real.
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El expediente tomó impulso a partir de la denuncia del padre de E.G.M., un hombre de 37 años hallado muerto en su departamento de Rosario en agosto de 2023. En el lugar se encontraron una jeringa utilizada y un envase de bromuro de vecuronio, una sustancia de uso exclusivamente hospitalario.
La autopsia no pudo determinar la presencia de vecuronio en sangre porque el laboratorio no contaba con el método técnico para detectarlo. Por eso, la causa de muerte fue establecida como indeterminada, aunque el informe forense no descartó una relación toxicológica. La investigación inicial, en la Justicia provincial, fue archivada.
Dos años más tarde, el padre de la víctima se presentó ante la Justicia federal y aportó el teléfono de su hijo, capturas de conversaciones y un video registrado por la pareja del fallecido. Ese material permitió reconstruir el vínculo entre E.G.M. y el enfermero.
El hombre tenía agendado a Benavidez con nombres como “Luisfa”, “Luis Central” y “Luis Falopa”. Los intercambios por WhatsApp mostraron que la víctima le compraba fentanilo y bromuro de vecuronio para consumo fuera del ámbito médico.
Los chats clave
La causa incorporó chats en los que Benavidez ofrecía vecuronio como una sustancia más potente que el fentanilo. También se halló un audio enviado el día de la muerte de E.G.M., en el que el enfermero le daba indicaciones para administrarse el contenido de las ampollas y le advertía sobre el riesgo de una sobredosis.
Luego de ese mensaje, Benavidez intentó comunicarse nuevamente con la víctima, pero no obtuvo respuesta. El hombre ya había sido hallado sin vida en su domicilio.
El bromuro de vecuronio es un relajante muscular que se utiliza en procedimientos de anestesia general y en cuidados intensivos, con asistencia respiratoria. Fuera de un entorno médico puede provocar consecuencias graves, ya que produce parálisis neuromuscular.
La fiscalía sostuvo que el condenado comercializaba esa sustancia como droga recreativa, pese a su peligrosidad. Respecto del fentanilo, consideró que su desvío y venta ilegal configuraban comercio de estupefacientes, debido a que se trataba de un opioide sintético que salió del circuito sanitario.
En septiembre de 2025, personal de Gendarmería Nacional allanó una vivienda utilizada por Benavidez en Rosario y otra propiedad de sus padres en Concepción del Uruguay, Entre Ríos.
En el domicilio rosarino se secuestraron cuatro ampollas de fentanilo de 5 mililitros, cuatro cajas que contenían 99 frascos de bromuro de vecuronio, 98 jeringas con agujas y otras medicaciones. También se encontraron ampollas de adrenalina, comprimidos y material vegetal compatible con cannabis.
El cotejo de los lotes permitió determinar que el fentanilo y el vecuronio incautados habían ingresado previamente al Policlínico PAMI II. Uno de los lotes de bromuro de vecuronio coincidía, además, con el de la ampolla encontrada en la casa de E.G.M.
Benavidez trabajaba en PAMI desde 2014
La investigación determinó que Benavidez trabajaba desde 2014 en el Policlínico PAMI II y que, desde 2016, estaba asignado a la Central de Materiales y Esterilización, un área que depende del sector de Farmacia.
De acuerdo con la información aportada por PAMI, sus funciones no incluían la custodia de medicamentos ni de estupefacientes. Por esa razón, la fiscalía encuadró la sustracción de los fármacos como hurto y no como malversación de caudales públicos, una calificación que había sido considerada en una etapa inicial de la causa.
El Ministerio Público Fiscal valoró como agravantes la variedad y cantidad de sustancias incautadas, el desvío desde el establecimiento de salud y el aprovechamiento de su condición de enfermero. La falta de antecedentes penales fue considerada como atenuante para acordar la pena.
La defensa solicitó que “Luis Falopa” cumpla la condena en una unidad penitenciaria de Entre Ríos, donde reside su familia. El juez indicó que elevaría el pedido como recomendación al magistrado de ejecución que intervenga en el caso.